Por Armando Saavedra

DEL 01-04-20

MORENA YA, Y EL PRI ¿CÓMO?
¿Y EN EL PRI MICHOACÁN?
LA ADMINISTRACIÓN DE PRERROGATIVAS.
SE ASOMA LA PRÓRROGA ESTATUTARIA.
¿QUÉ DECIDIRÁ ALITO?
VÍCTOR SILVA, ¿SE VA O SE QUEDA?

En mi entrega del día de ayer lunes, comenté a ustedes algo así como un resumen, de cómo el partido Movimiento de Regeneración Nacional -MORENA- había resuelto de manera temporal el entuerto que ha significado para ese partido, su proceso interno de renovación de sus cuadros dirigentes, el nacional y los estatales, de manera que logró cumplir con la sentencia del tribunal electoral y apaciguo a sus militantes calientes que demandaban con urgencia la renovación.

La noche misma de este lunes pasado, como lo anticipé en mi entrega, el comité ejecutivo nacional de MORENA, tomó el acuerdo de suspender los trabajos derivados de la convocatoria expedida por ese mismo órgano de dirección el pasado 29 de marzo, acuerdo que en su parte medular señala lo siguiente:

PRIMERO. – Derivado de la situación de emergencia, originada por la pandemia del COVID – 19, la cual se considera causa extraordinaria, se aprueba suspender los actos derivados de la Convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario de MORENA, publicada el día 29 de marzo del presente año; y con ello dar cumplimiento al Acuerdo emitido por la Secretaría de Salud; y que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2020.

SEGUNDO. – Que, una vez concluido el periodo de contagio, y que se establezcan las medidas de reintegración social, el Comité Ejecutivo Nacional y la Comisión de Elecciones procederá a tomar las acciones necesarias cumplir con esta convocatoria y la sentencia emitida por la Sala Superior derivado del expediente SUP–JDC–1573/2020.

Como se advierte en el texto del acuerdo, no se señaló una fecha precisa o determinada para reanudar los trabajos señalados en la convocatoria, de manera que con un tiro, mató dos pájaros, pues por un lado cumplió con el TEPJF y por el otro dispone de la libertad de manejar el proceso interno de acuerdo a sus ritmos e intereses y si es necesario, volverá a recurrir a la designación de “delegado en funciones de presidente” del CEE de varios estados del país y nadie podrá decir nada, así que…¡asunto resuelto!

¿Y EN EL PRI MICHOACÁN?

Pues al igual que en Michoacán, el comité ejecutivo nacional del Partido Revolucionario Institucional tiene que resolver el problema que le genera el hecho de que, en varios estados del país, las dirigencias estatales están vencidas de sus periodos estatutarios, por lo que se tienen que implementar procesos internos electivos, los que no se pueden ni se podrán ejecutar a corto plazo, en virtud de la emergencia nacional de salud.

Hasta el momento, no se sabe que tipo de alternativa escogerá en dirigente nacional de ese partido ALEJANDRO MORENO CÁRDENAS “ALITO”, para resolver el entuerto, pues la receta más socorrida por la costumbre es la designación de “delegados” en funciones de presidente de los Comités Directivos Estatales del país.

LA ADMINISTRACIÓN DE PRERROGATIVAS.

Sin embargo, hay un pero, que es el manejo administrativo del partido en los estados, pues resulta que tanto el Instituto Nacional Electoral como los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE), tiene implementado sendos sistemas de fiscalización del gasto de las prerrogativas económicas que por disposición constitucional se les entregan a los partidos políticos con registro legal, sistemas que son tan rígidos que, si se violan, los responsables de tales violaciones, terminan pagando lo mal administrado, tiene posibilidad de ir a la cárcel y los partidos sancionados.

En Michoacán, esa mala administración y la falta de rendición de cuentas transparente, ha ocasionado que el PRI haya sido sancionado con decenas de millones de pesos, que hoy, no acaba de pagar, de ahí que la entrega recepción de la administración del partido, no sea cosa de improvisaciones y menos por unas cuantas semanas.

SE ASOMA LA PRÓRROGA ESTATUTARIA.

Para “ALITO” MORENO CÁRDENAS, dirigente nacional priista, el asunto de los dineros se ha vuelto fundamental, pues no solo el partido en el poder se los quiere quitar, sino que la mala administración se los ha comido en algunos estados, cuyos comités estatales apenas sobreviven, así que entregar la administración de los escasos recursos a un “delegado” en funciones de presidente por unas semanas o a un “presidente provisional”, a más de realizar gasto de la entrega recepción, no es una solución prudente en este momento, como los establece el segundo párrafo del artículo 178 de los estatutos que señala:

De no haberse efectuado la elección respectiva, al concluir el período para el que se eligieron a las personas titulares de la Presidencia y la Secretaría General, de los Comités Directivos de las entidades federativas, el Comité Ejecutivo Nacional designará a quienes ocuparán provisionalmente los cargos de dirigencia en el nivel que corresponda. Las dirigencias así designadas provisionalmente deberán convocar, en un plazo no mayor a sesenta días, a la elección ordinaria respectiva. Los Comités Directivos de las entidades federativas deberán acordar con el Comité Ejecutivo Nacional la autorización correspondiente para designar a quienes asumirán provisionalmente la dirigencia en los Comités Municipales, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y Seccionales.

De ahí pues, que los sabios de la maroma jurídica encontraron que lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 178 de los estatutos del PRI, era la milagrosa solución al entuerto, pues no solo cumplirían con la emergencia nacional en salud, sino que se respetarían los estatutos del partido y la militancia no se inconformaría del todo.

¿Y que dice ese famoso tercer párrafo del artículo 178 de los estatutos? Veamos…

ARTÍCULO 178.- Las personas titulares…

De no haberse efectuado la elección respectiva…

En casos plenamente justificados, el Consejo Político Nacional podrá acordar una prórroga hasta por noventa días para el Comité Ejecutivo Nacional, cuyo periodo estatutario haya vencido. Por su parte, el Comité Ejecutivo Nacional podrá acordar una prórroga al período estatutario de dirigencia de los Comités Directivos de las entidades federativas, así como de los Comités Municipales, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y Seccionales, que no podrá ser mayor de noventa días y al término de la cual deberá convocarse a la elección ordinaria respectiva.

¿QUÉ DECIDIRÁ ALITO?

Al respecto, no hay nada escrito y menos decidido, lo que, si es cierto, es que el actual presidente del comité directivo estatal del Pri en Michoacán VÍCTOR MANUEL SILVA TEJEDA termina su periodo estatutario el próximo jueves 2 de abril y será el dirigente nacional de ese partido el que decida una solución al entuerto.

Lo que se ha podido saber, de cómo resuelve el líder nacional priista, es lo que al parecer resolvió en el estado de Nuevo León, en el que al igual que en Michoacán, su dirigencia estatal terminó su periodo estatutario, de manera que argumentando la emergencia nacional en salud, que impide desarrollar procesos internos electivos, determinó prorrogar el periodo estatutario por un periodo de 90 días, bajo el compromiso de que al término de la emergencia nacional, iniciar el proceso electivo correspondiente.

VÍCTOR SILVA, ¿SE VA O SE QUEDA?

La interrogante se deriva en virtud de lo prometido por el actual dirigente SILVA TEJEDA, quien se comprometió a dejar el partido, al vencimiento de su periodo estatutario, empero, la palabra empeñada por VÍCTOR SILVA, se dio mucho antes de que se presentara la emergencia nacional en salud, emergencia que cambió las circunstancias normales de la sucesión partidaria.

Aunque el consejo político estatal ya está conformado legalmente, independientemente de que esté impugnado ante los tribunales electorales, la emergencia nacional en salud le impide celebrar sesiones legales, pues estas reunirían a más de 50 personas, lo que violaría las reglas de la emergencia, de ahí que tiene una imposibilidad metalegal para acordar el método de elección de la nueva dirigencia estatal.

Es en virtud de lo anteriormente señalado por este columnista, que percibo la alta posibilidad de que el CEN del PRI, otorgue una prorroga de hasta 90 días a la actual dirigencia estatal que encabeza VÍCTOR SILVA TEJEDA, pues creo, que las circunstancias de la emergencia nacional en salud y el interés del partido, justificarían ética y moralmente el que SILVA TEJEDA no cumpla en irse el próximo jueves. Habrá que ver qué sucede.

Lo cierto es que, en opinión de este columnista, es que VÍCTOR SILVA no debe de aceptar quedarse en el partido, máxime que si en su horizonte está el proyecto de convertirse en candidato del PRI al gobierno del estado, pues en este supuesto, la dirigencia estatal debe de dejar de ser de su interés y concentrarse en el diseño de su proyecto, de manera que quedarse en la dirigencia unos días más, solo que fuera obligado moralmente por la dirigencia nacional, de lo contrario, todos los kilos al proyecto.