Morelia, Mich a 7 de febrero del 2023.-La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) tiene aperturada la queja de oficio CEDH/1988/2022, para investigar el protocolo de actuación de las autoridades correspondientes en la aplicación del alcoholímetro.

A partir de diversas denuncias públicas en medios de comunicación, el año pasado, el organismo inició la investigación respectiva, en torno a la aplicación del alcoholímetro y la actuación de las personas servidoras públicas encargadas de su operatividad.

En ese sentido esta Comisión revisa el respeto a derechos como el libre tránsito, la legalidad y seguridad jurídica; que las detenciones y sanciones aplicadas se realicen conforme a derecho; y, que en el arrastre y traslado de los automotores se utilicen vehículos oficiales.

Además, se evalúa que la medición del grado de alcohol por litro en aire espirado por una persona, se ajuste a lo que dicta la Norma Oficial Mexicana 214, que establece los criterios de desempeño, métodos de prueba, de evaluación y procedimiento de verificación.

Esta CEDH no se opone a la aplicación de la prueba de alcoholemia, como una medida para prevenir accidentes, delitos y proteger a la ciudadanía en materia de seguridad pública; sin embargo, advierte la necesidad de que este instrumento se aplique de acuerdo a los protocolos establecidos y siempre con pleno respeto a los derechos humanos.
CEDH INVESTIGA PROTOCOLOS DEL ALCOHOLÍMETRO

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) tiene aperturada la queja de oficio CEDH/1988/2022, para investigar el protocolo de actuación de las autoridades correspondientes en la aplicación del alcoholímetro.

A partir de diversas denuncias públicas en medios de comunicación, el año pasado, el organismo inició la investigación respectiva, en torno a la aplicación del alcoholímetro y la actuación de las personas servidoras públicas encargadas de su operatividad.

En ese sentido esta Comisión revisa el respeto a derechos como el libre tránsito, la legalidad y seguridad jurídica; que las detenciones y sanciones aplicadas se realicen conforme a derecho; y, que en el arrastre y traslado de los automotores se utilicen vehículos oficiales.

Además, se evalúa que la medición del grado de alcohol por litro en aire espirado por una persona, se ajuste a lo que dicta la Norma Oficial Mexicana 214, que establece los criterios de desempeño, métodos de prueba, de evaluación y procedimiento de verificación.

Esta CEDH no se opone a la aplicación de la prueba de alcoholemia, como una medida para prevenir accidentes, delitos y proteger a la ciudadanía en materia de seguridad pública; sin embargo, advierte la necesidad de que este instrumento se aplique de acuerdo a los protocolos establecidos y siempre con pleno respeto a los derechos humanos.