Morelia, Michoacán, a 2 de julio de 2026.– El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal y al Código Familiar de Michoacán para fortalecer las medidas contra las personas deudoras alimentarias. Entre los cambios destaca el incremento de la pena corporal, que podrá alcanzar hasta cinco años de prisión en los casos previstos por la ley.
La reforma también fortalece la reparación del daño y establece nuevas herramientas para hacer más efectivo el cumplimiento de las resoluciones judiciales. El objetivo es garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir los alimentos que les corresponden.
“Con esta reforma protegemos el interés superior de la niñez y enviamos un mensaje claro: incumplir con una obligación alimentaria tendrá consecuencias más severas. Lo más importante es garantizar los derechos de quienes dependen de ese apoyo”, afirmó el diputado Baltazar Gaona García, presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado.
Entre las modificaciones aprobadas se establece que, cuando exista una resolución judicial y el adeudo supere los 30 días sin causa justificada, la autoridad competente deberá notificar a las instancias correspondientes para restringir la salida del país de la persona deudora alimentaria. También se fortalece la coordinación entre las autoridades responsables de atender estos casos.
Las reformas buscan que las resoluciones judiciales se cumplan con mayor eficacia y que las personas acreedoras alimentarias cuenten con mecanismos legales más sólidos para hacer valer sus derechos.
“Las niñas, niños y adolescentes no pueden seguir esperando para recibir lo que por derecho les corresponde. Hoy damos un paso importante para que la ley responda con mayor firmeza y proteja a quienes más lo necesitan”, concluyó Baltazar Gaona García.







