Morelia, Michoacán, 12 de mayo de 2021. Con la premisa de proteger el principio constitucional del interés superior de la niñez, además de garantizar el ejercicio pleno de sus derechos, la LXXIV Legislatura del Congreso de Michoacán, aprobó adiciones al Código Penal para el Estado de Michoacán.
La propuesta en comento, expone que las y los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, principio que debe regir la ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a este grupo.
De lo anterior y tras reconocer que hablar del derecho de alimentos, en mayor medida va dirigido a la niñez y a los adultos mayores, quienes son los grupos más vulnerables y requieren la protección legal, se avalaron las modificaciones de esta propuesta legislativa.
De esta manera, desde el Código Penal, se blinda contra el dolo y la actitud fraudulenta de muchos empleadores que con su actuar, quebrantan el derecho de la niñez para cubrir los rubros que comprenden los alimentos de éstos, al negar, dilatar o brindar falsa información sobre las percepciones ordinarias y extraordinarias de los deudores alimentistas.
Así, se describe en el citado Código la conducta que contemple estas características y con ello, garantiza a los más vulnerables el derecho de acceder a una pensión alimenticia.