Morelia, Michoacán, a 6 de junio de 2019.- Con el compromiso de fomentar una cultura de legalidad, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), hace un llamado a las y los conductores para respetar los límites de velocidad en los diferentes tipos de vías de comunicación, tal y como lo establece el Reglamento de la Ley de Tránsito y Movilidad del Estado de Michoacán.
Así, con la finalidad de agilizar el flujo vehicular y garantizar la seguridad de las y los peatones, el Reglamento, en el artículo 62, establece dos clasificaciones de vías: las primarias y secundarias.
En las catalogadas como primarias -avenidas, calzadas y libramientos-, se debe circular a la velocidad de acuerdo a los señalamientos que se encuentren en las vías; en caso de carecer de señalética, lo estipulado son 50 kilómetros por hora.
Por su parte, las vías secundarias tienen un máximo permitido de 30 kilómetros por hora, siendo las calles ubicadas en colonias y fraccionamientos; asimismo, en zonas escolares, peatonales, hospitales, asilos y casas hogar, se dispone una velocidad de 20 kilómetros por hora.
Las personas que contravengan las disposiciones que marca el Reglamento serán acreedores a la siguiente sanción, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 98, fracción IX:
a) Por exceder los límites de velocidad autorizaros, se realizará una multa de 5 UMAS
Porque prevenir es tarea de todos, la SSP reitera su compromiso con la sociedad michoacana para que adopte una adecuada cultura vial que garantice el bienestar de la población y disminuya el número de accidentes por conducir a exceso de velocidad en el Estado.