Morelia, Michoacán, 14 de diciembre de2018. Con el objetivo de sensibilizar al personal de áreas administrativas del Poder Judicial de Michoacán sobre las responsabilidades asentadas en los marcos normativos se llevó a cabo la conferencia Responsabilidades administrativas y combate a la corrupción a cargo del consejero de la institución Jesús Sierra Arias.

La conferencia forma parte del programa de trabajo del Comité de Transparencia del Consejo del Poder Judicial de Michoacán y está encaminada a difundir tanto los principios como las directrices bajo los cuales las y los servidores públicos deben regir su labor en el marco de la implementación del Sistema Anticorrupción.

En este sentido, el Comité ha redoblado sus esfuerzos y trabajo dada la exigencia de las normas federales en la materia, así como la necesidad de fortalecer la transparencia institucional para seguir consolidando la confianza ante la ciudadanía. En esta ocasión la actividad se dirige a personal de las diversas áreas administrativas y próximamente se replicará para quienes desempeñan labores jurisdiccionales.

Durante la charla, el consejero Sierra Arias detalló que el Sistema Estatal Anticorrupción tiene por objetivo establecer políticas y procedimientos que inhiban los actos y redes de este tipo, identificando zonas de riesgo y emprendiendo acciones focalizadas a su prevención. Asimismo, habló de las obligaciones que se deben cumplir respecto de la publicación de información y de las sanciones que establece la ley en caso de incurrir en una falta, así como del procedimiento que se debe seguir para su investigación.

Al abordar las reformas nacionales y locales Sierra Arias indicó que los artículos 108 y 109 de la Constitución Mexicana son la base jurídica relacionada con faltas administrativas graves y hechos de corrupción; el primero define al servidor público como toda persona que desempeña un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Federación, entidades o municipios y especifica la responsabilidad en que puede incurrir por hechos u omisiones en el desempeño de su función.

El 109 especifica los tipos de responsabilidad frente al Estado, es decir, las faltas administrativas no graves, las graves y las vinculadas a particulares.

Finalmente, el consejero invitó al personal administrativo a seguir conduciéndose bajo principios de ética, honestidad, eficiencia, responsabilidad y legalidad