Por: Fernando Pérez Chávez

Debe Anular la SCJN el Plan B.

Ignorar a Consejería Jurídica.

¡Los Ministros Responsables!.

Los Ministros y Ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no deben de hacerle caso a la postura de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, así que deben ser congruentes y anular este lunes la primera parte del llamado Plan B de reformas en materia electoral, que impulsa el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Según, la Consejería Jurídica el proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán privilegia los formalismos por encima de la verdadera justicia de fondo, con lo que se viola el artículo 17 constitucional y advirte que de invalidar el Plan B de la reforma electoral, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estaría sustituyendo al Congreso de la Unión.

Ojalá y que las ministras y los ministros de la SCJN actúen con responsabilidad y privilegien la solución del verdadero conflicto constitucional de las normas impugnadas por encima de las formalidades de trámite a las que hace referencia el proyecto de sentencia.

Y es que el ministro Alberto Pérez Dayán propondrá en su proyecto al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación anular la primera parte del Plan B de reforma electoral al argumentar que existieron “claras violaciones” al proceso legislativo y que la iniciativa presentada ante el Congreso no pasó por un procedimiento legislativo ordinario, provocando una transgresión al principio de deliberación democrática.

Por otro lado, asegura que la iniciativa no se conoció a tiempo ni se publicó con la anticipación debida para su discusión en la Cámara de Origen, dada la inobservancia a las disposiciones contenidas en el Reglamento de cada Cámara, desconociéndose con ello el principio de deliberación informada y democrática, así como los derechos que asisten a la representación popular.

Finalmente cabe mencionar que con su proyecto, Pérez Dayán propone anular la validez de las reformas hechas a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y para que esta consideración se sostenga, tiene que obtener al menos ocho de los 11 votos de los ministros que conforman el pleno de la Suprema Corte.